Workforce Compliance

El Reglamento de IA de la UE golpea a RR. HH. con especial dureza.

Pocos ámbitos están tan afectados como el de personal. Quien emplea IA en el reclutamiento o en la evaluación de empleados se mueve en la categoría de alto riesgo del Reglamento de IA. Convertimos eso en reglas claras y operativas.

Por qué RR. HH. está en el foco

El Reglamento de IA clasifica expresamente como de alto riesgo los sistemas de IA destinados a evaluar a candidatos y empleados. Entre ellos figuran las aplicaciones que analizan currículums, clasifican candidatos o evalúan el rendimiento. Para estos sistemas rigen los requisitos más estrictos, porque codeciden directamente sobre el futuro profesional de las personas.

Al mismo tiempo intervienen el RGPD, la legislación de igualdad de trato y los derechos de cogestión del comité de empresa. Estas normativas se refuerzan mutuamente en lugar de sustituirse.

Aplicaciones prohibidas y permitidas

Quedan claramente prohibidas, entre otras, la detección automatizada de emociones y la categorización biométrica en el contexto laboral. Están permitidos, aunque sujetos a obligaciones, muchos sistemas de apoyo, siempre que cumpla los siguientes puntos:

  • Transparencia frente a candidatos y empleados sobre el uso de la IA y su lógica.
  • Decisión final humana, pues un rechazo puramente algorítmico es impugnable desde la protección de datos y el derecho laboral.
  • Documentación y justificantes, que muestren cómo actúa y se supervisa el sistema.
  • Participación del delegado de protección de datos y del comité de empresa de forma temprana en el proceso de implantación.

Lo que debería hacer ahora

Empiece con un inventario de todas las herramientas asistidas por IA en sus procesos de RR. HH. Compruebe su clasificación, cierre las lagunas en transparencia y documentación y ancle de forma vinculante el control humano. Cómo se concreta esto en el reclutamiento lo mostramos en la página sobre IA en reclutamiento. El marco general lo encuentra en Implementar el Reglamento de IA de la UE.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica el Reglamento de IA también si solo usamos una herramienta de RR. HH. comprada?
Sí. Como responsable del despliegue asume obligaciones propias, con independencia de quién haya desarrollado la herramienta. Entre ellas, transparencia, control humano y documentación en su propio proceso.
¿Podemos rechazar candidaturas de forma totalmente automatizada?
No. Una decisión con efecto jurídico no puede adoptarse, en principio, de forma únicamente automatizada. En la selección final se requiere un juicio humano, también por los derechos de cogestión.
¿Tenemos que implicar al comité de empresa?
Por regla general, sí. La implantación de sistemas asistidos por IA en el área de personal afecta a derechos de cogestión. Es muy recomendable implicar de forma temprana al comité de empresa y al delegado de protección de datos.

¿Hasta dónde ha llegado su área de personal con el Reglamento de IA?

Revisamos sus procesos de RR. HH. en cuanto a uso de IA y obligaciones, y entregamos una vía concreta. Empiece con un diagnóstico de Compliance.

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